Partes:
In re: Carlos R. Rodríguez García
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata de la abogacía por quebrantar los Cánones 5, 35 y 38 del Código de Ética Profesional, 4 LPRA Ap. IX.
Número de Caso:
CP-2015-5
Año:
2017
Fecha:
3 de marzo de 2017
El Tribunal Supremo de Puerto Rico evaluó la conducta profesional del Lcdo. Carlos R. Rodríguez García. El caso disciplinario se originó en un proceso criminal donde el abogado actuaba como defensor de oficio. Durante una vista preliminar, el licenciado llevó a una persona para que se hiciera pasar por su representado. Esta estrategia buscaba poner a prueba la identificación que realizaría un testigo. Un agente de la policía identificó a la persona sentada detrás del abogado como el individuo que vendió sustancias controladas. El abogado cuestionó al agente sobre esta identificación. El Tribunal determinó que esta acción constituyó una violación a los Cánones 5, 35 y 38 del Código de Ética Profesional. Como resultado, se impuso una sanción disciplinaria al abogado. La suspensión de su licencia para ejercer la abogacía sería efectiva el 14 de marzo de 2017.
In re:
2017 TSPR 33 Carlos R. Rodríguez García 197 DPR $\qquad$
Número del Caso: CP-2015-5
Fecha: 3 de marzo de 2017
Abogado de la parte promovente:
Por derecho propio
Oficina de la Procuradora General: Lcda. Margarita Mercado Echegaray Procuradora General Lcda. Karla Pacheco Álvarez Subprocuradora General Lcda. Mónica Cordero Vázquez Procuradora General Auxiliar Lcda. Yaiza Marie Lugo Fontánez Procuradora General Auxiliar
Comisionada Especial:
Hon. Crisanta González Seda
Materia: Conducta Profesional - La Suspensión será efectiva el 14 de mar...
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