Partes:
In re: Alexis Irizarry Vega
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión de tres meses de la abogacía y la notaría por violar los Cánones 12, 18 y 38 de Ética Profesional.
Número de Caso:
CP-2015-10
Año:
2017
Fecha:
25 de agosto de 2017
Sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre conducta profesional del Lcdo. Alexis Irizarry Vega. La Oficina del Procurador General presentó una querella imputándole violaciones a varios cánones de ética. El Tribunal acogió las determinaciones de hecho de la Comisionada Especial. Se determinó que el licenciado violó los Cánones 12, 18 y 38 del Código de Ética Profesional. Las faltas éticas se originaron en su representación de clientes en un pleito de impugnación de herencia. El abogado no contestó a tiempo una moción de sentencia sumaria presentada por la parte demandada. A pesar de haber solicitado y obtenido prórrogas, no presentó la contestación. Esta omisión provocó que el Tribunal de Primera Instancia desestimara la demanda de sus clientes. El Tribunal Supremo concluyó que estos hechos constituyeron las violaciones éticas imputadas.
In re:
2017 TSPR 166 Alexis Irizarry Vega 198 DPR $\qquad$
Número del Caso: CP-2015-10
Fecha: 25 de agosto de 2017
Abogado del promovido:
Lcdo. Aníbal Medina Ríos Oficina del Procurador General:
Lcda. Tanaira Padilla Rodríguez Subprocuradora General Lcda. Yaizamarie Lugo Fontánez Procuradora General auxiliar
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva una vez advenga final y firme la Sentencia conforme a la Regla 45 del Reglamento del Tribunal Supremo.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está ...
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