Partes:
In re: María N. Toro Imbernón
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la notaría por violación a los Arts. 2, 28 y 39 de la Ley Notarial, la Regla 49 del Reglamento Notarial y los Cánones 18, 35 y 38 de Ética Profesional
Número de Caso:
CP-2014-8
Año:
2016
Fecha:
13 de enero de 2016
Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico (2016 TSPR 8) en el caso In re: María N. Toro Imbernón (CP-2014-8) sobre conducta profesional. El caso aborda la actuación de la licenciada como notaria en relación con varias escrituras públicas. Se determinó que otorgó escrituras de segregación, liberación y compraventa de propiedades inmuebles. Estas propiedades formaban parte de un proyecto residencial financiado con un préstamo hipotecario. Las escrituras liberaron ciertas unidades de las hipotecas sin contar con la firma del representante legal del banco acreedor. Esta omisión grave violó la fe pública notarial y las disposiciones de la Ley Notarial, el Reglamento Notarial y el Código de Ética Profesional. Tales faltas se consideran de las más serias en el ejercicio de la notaría. Como consecuencia, se ordenó la suspensión de la licenciada del ejercicio de la notaría. La suspensión fue efectiva a partir del 20 de enero de 2016.
| In re: | 2016 TSPR 8 |
|---|---|
| María N. Toro Imbernón | 194 DPR |
| Número del Caso: CP-2014-8 |
Fecha: 13 de enero de 2016
Abogados de la Querellada: Lcdo. Pedro Ortiz Álvarez Lcdo. Jesús Rodríguez Urbano
Oficina de la Procuradora General: Lcda. Margarita Mercado Echegaray Procuradora General
Lcda. Yaizamarie Lugo Fontánez Procuradora General Auxiliar
Materia: La suspensión será efectiva el 20 de enero de 2016 fecha en que se le notificó a la abogada de su suspensión inmediata del ejercicio de la notaría.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo q...
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