Partes:
In re: Juan Morales Lozada
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata de la abogacía por el término de seis (6) meses, por violación al Canon 38 de Ética Profesional
Número de Caso:
CP-2013-4
Año:
2015
Fecha:
30 de enero de 2015
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión el 30 de enero de 2015 en el caso de conducta profesional CP-2013-4 contra el Lcdo. Juan A. Morales Lozada. La Oficina de la Procuradora General presentó una querella imputando la violación al Canon 38 de Ética Profesional. Esta imputación se basó en alegadas actuaciones del licenciado que culminaron en la radicación de cargos criminales, por los cuales hizo alegación de culpabilidad por algunos menos graves. El licenciado había sido suspendido indefinidamente de la abogacía en 2005 por incumplir órdenes y violar otros cánones, siendo readmitido en 2011. La querella actual fue presentada mientras se encontraba bajo la suspensión previa. El Tribunal había paralizado los procedimientos de esta querella hasta su readmisión. La decisión del Tribunal resulta en una suspensión del ejercicio de la abogacía para el Lcdo. Morales Lozada. Esta suspensión será efectiva a partir del 3 de febrero de 2015.
| In re: | |
|---|---|
| Juan A. Morales Lozada | 2015 TSPR 9 |
| 192 DPR | |
Número del Caso: CP-2013-4
Fecha: 30 de enero de 2015
Abogado de la Parte Querellada: Lcdo. Virgilio Mainardi Peralta Lcdo. Ángel Riera Rodríguez Lcda. Carmen I. Navas
Oficina de la Procuradora General: Lcdo. Salvador Antonetti Stutts Procuradora General Lcda. Maitte Oronoz Rodríguez Subprocuradora General Lcda. Yaizamarie Lugo Fontanez Procuradora General Auxiliar
Comisionada Especial: Hon. Crisanta González Seda
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 3 de febrero ...
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