Partes:
In re: Jorge A. Irizarry Rodríguez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía por violación a los Cánones 9, 12, 17, 26, 35 y 38 de Ética Profesional
Número de Caso:
CP-2013-26
Año:
2015
Fecha:
26 de agosto de 2015
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su facultad disciplinaria ante la conducta de un abogado que intentó manipular el sistema de justicia. El proceso disciplinario contra el Lcdo. Jorge A. Irizarry Rodríguez se inició por una queja que alegaba que el abogado presentó pleitos frívolos. Estos pleitos fueron incoados contra la querellante y varios funcionarios públicos, incluyendo jueces y abogados. La querellante sostuvo que la intención era hostigarla y perjudicarla, posiblemente en represalia por haberlo denunciado por violencia de género. El abogado negó las alegaciones, argumentando que sus acciones eran un ejercicio legítimo de derechos. El Tribunal reprueba la conducta desafiante e irreverente del abogado. Se exhorta a la comunidad legal a mantener el respeto hacia la Rama Judicial y los compañeros letrados. La decisión implica la suspensión del abogado, efectiva a partir de la notificación.
| In re: | |
|---|---|
| 2015 TSPR 117 | |
| Jorge A. Irizarry Rodríguez | 193 DPR ____ |
Número del Caso: CP-2013-26
Fecha: 26 de agosto de 2015
Oficina de la Procuradora General: Lcda. Margarita Mercado Echegaray Procuradora General
Materia: Conducta Profesional - La suspensión del abogado será efectiva el 4 de septiembre de 2015, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones...
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