Partes:
In re: Isabel Sierra Arce
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Censura Enérgica por violación a los Cánones 35 y 38 de Ética Professional
Número de Caso:
CP-2012-6
Año:
2014
Fecha:
5 de diciembre de 2014
Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre la conducta profesional de la Lcda. Isabel Sierra Arce. El caso se originó por una querella presentada por su cliente, el Sr. Carmelo Rosa Rosario. La Comisionada Especial y el Tribunal concluyeron que la licenciada violó los Cánones 35 y 38 del Código de Ética Profesional. La violación se relaciona con la compra de una propiedad residencial a su cliente poco después de representarlo en un caso de liquidación de herencia. La transacción de compraventa, por $147,000, se realizó sin incluir los términos de pago en la escritura pública. Tampoco se constituyó garantía hipotecaria o aseguramiento del pago de la deuda. Se determinó que faltó a su obligación de actuar con sinceridad y honradez frente a su cliente (Canon 35). Además, incurrió en la apariencia de conducta profesional impropia en sus tratos con él (Canon 38). Como resultado, el Tribunal le impone una censura enérgica.
| In re: | 2014 TSPR 142 |
|---|---|
| Isabel Sierra Arce | 192 DPR |
Número del Caso: CP-2012-6
Fecha: 5 de noviembre de 2014
Abogado de la Peticionaria: Por derecho propio
Oficina del Procurador General: Lcdo. Luis Román Negrón Procurador General Lcda. Tatiana Grajales Torruella Subprocuradora General Lcda. Minnie H. Rodríguez López Procuradora General Auxiliar
Materia: Conducta Profesional - Censura enérgica por violación a los Cánones 35 y 38 de Ética Profesional
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