Partes:
In re: Isel M. Falcón López
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Separación inmediata e indefinida de la abogacía por sentencia de delito menos grave que implica depravación moral
Número de Caso:
CP-2012-11
Año:
2013
Fecha:
25 de octubre de 2013
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordena la suspensión de la abogada Isel M. Falcón López. La suspensión se basa en su declaración de culpabilidad por cinco cargos de delito menos grave. Estos cargos corresponden a infracciones a la Sec. 6059 del Código de Rentas Internas de 1994. Específicamente, se le encontró culpable de no conservar constancias suficientes para determinar su responsabilidad contributiva. Inicialmente, la abogada enfrentó cargos graves por no radicar planillas de contribución sobre ingresos. Sin embargo, estos cargos fueron modificados a delitos menos graves durante el proceso judicial. La licenciada Falcón López se acogió a un preacuerdo y se declaró culpable de los cargos menos graves relacionados con la falta de registros. A pesar de haber radicado las planillas y pagado las contribuciones adeudadas posteriormente, la conducta constituyó una violación al Código de Rentas Internas. La suspensión del ejercicio de la abogacía es efectiva a partir del 30 de octubre de 2013.
| In re: | 2013 TSPR 123 |
|---|---|
| Isel M. Falcón López | 189 DPR |
Número del Caso: CP-2012-11
Fecha: 25 de octubre de 2013
Abogado de la Parte Querellada: Lcdo. Efraín Guzmán Mollet Oficina del Procurador General: Lcdo. Luis Román Negrón Procurador General Lcda. Tatiana Grajales Torruellas Subprocuradora General Lcda. Edna E. Rodríguez Benítez Procuradora General Auxiliar
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 30 de octubre de 2013, fecha en que se le notificó a la abogada de su suspensión inmediata.
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