Partes:
In re: Ángel M. Rosado Nieves
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la notaría por violación al Art. 2 de la Ley Notarial (Fe Pública) y a los Cánones 35 y 38 de Ética Profesional.
Número de Caso:
CP-2011-4
Año:
2013
Fecha:
10 de julio de 2013
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió un caso de conducta profesional contra el Lcdo. Ángel M. Rosado Nieves. Se le imputó violar la fe pública notarial y faltar a su deber de sinceridad y honradez en el ejercicio de la notaría. Las alegaciones surgieron de una queja de 2006 relacionada con un testamento y una declaración jurada otorgados en 1989, los cuales fueron declarados nulos o vulneraron la fe pública. También se le acusó de representar a una cliente a sabiendas de su incapacidad en 1991. El licenciado se defendió argumentando indefensión por el tiempo transcurrido desde los hechos. El Tribunal determinó que sus actuaciones demostraron graves faltas a la veracidad en documentos públicos. Por consiguiente, se decidió suspenderlo indefinidamente del ejercicio de la notaría. La suspensión fue efectiva a partir del 7 de agosto de 2013, fecha de su notificación.
| In re: | 2013 TSPR 92 |
|---|---|
| Ángel M. Rosado Nieves | 189 DPR |
Número del Caso: CP-2011-4
Fecha: 10 de julio de 2013
Abogada del Querellado: Lcda. Sariely Rosado Fernández
Oficina del Procurador General:
Lcda. Tatiana Grajales Torruella Sub Procuradora General Lcda. Minnie H. Rodríguez López Procuradora General Auxiliar
Materia: Conducta Profesional - La suspensión del abogado del ejercicio de la notaría será efectiva el 7 de agosto de 2013 fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata al ejercicio de la notaría.
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