Partes:
In re: Gumersindo Colón Hernández
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión por un (1) año del ejercicio de la abogacía por violación al Canon 23 de Ética Profesional.
Número de Caso:
CP-2011-1
Año:
2013
Fecha:
17 de julio de 2013
Este documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda un caso de conducta profesional contra el Lcdo. Gumersindo Colón Hernández. La acción se originó por una queja presentada por la Sra. María S. Rosario Osorio. La clienta alegó haber contratado al abogado para un Expediente de Dominio, pagándole un total de $20,000. Según la queja, el licenciado Colón Hernández dejó de comunicarse y de informarle sobre el estado del caso. La petición de la clienta fue eventualmente desestimada por el tribunal. La Sra. Rosario Osorio también cuestionó la realización de un estudio de título y el valor del trabajo efectuado por la suma pagada. La Oficina del Procurador General investigó los hechos tras recibir la queja. El encabezado del documento señala que la suspensión del abogado es efectiva desde el 7 de agosto de 2013. El caso detalla las alegaciones de falta de diligencia y comunicación que llevaron a la acción disciplinaria.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
| In re: | 2013 TSPR 91 |
|---|---|
| Gumersindo Colón Hernández | 189 DPR |
Número del Caso: CP-2011-1
Fecha: 17 de julio de 2013
Oficina del Procurador General: Lcdo. Luis Román Negrón Procurador General Lcda. Tatiana Grajales Torruella Sub Procuradora General Lcda. Yaizamarie Lugo Fontánez Procuradora General Auxiliar Comisionada Especial: Hon. Eliadis Orsini Zayas
Materia: Conducta Profesional - La suspensión del abogado será efectiva el 7 de agosto de 2013 fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento cons...
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