Partes:
In re: Daniel Muñoz Fernós
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión del ejercicio de la notaría por el término de noventa (90) días, por violación a los Artículos 2 y 56 de la Ley Notarial, la Regla 68 del Reglamento Notarial, Artículo 1232 del Código Civil y los Cánones 18, 19, 24 y 35 de Ética Profesional
Número de Caso:
CP-2010-1
Año:
2012
Fecha:
23 de febrero de 2012
El Tribunal Supremo de Puerto Rico atiende un caso disciplinario contra el abogado y notario Daniel Muñoz Fernós. Una clienta lo contrató en 2006 para realizar un expediente de dominio sobre una propiedad heredada, pagando $3,100 por el servicio. En lugar de completar el expediente de dominio, el licenciado confeccionó un contrato privado de compraventa para la propiedad. Existe una disputa sobre quién sugirió la compraventa en lugar del expediente de dominio. El contrato privado, autenticado por el notario, indicaba que la vendedora era dueña en pleno dominio por herencia, sin que se hubiera completado el proceso registral. El caso resalta la obligación de los notarios de cumplir con la Ley Notarial y las posibles violaciones legales y éticas que surgen al ignorar sus preceptos. La decisión del Tribunal Supremo aborda la conducta profesional del licenciado Muñoz Fernós en este asunto particular.
In re:
2012 TSPR 48 Daniel Muñoz Fernós
Número del Caso: CP-2010-1 Fecha: 23 de febrero de 2012
Abogados del Querellado: Lcda. Ivette Aponte Nogueras Lcdo. José Pérez Rodríguez, Hijo
Oficina del Procurador General: Lcda. Zaira Z. Girón Anadón Subprocuradora General Lcda. Minnie H. Rodríguez López Procuradora General Auxiliar Lcda. Yazmet Y. Ramírez Díaz Procuradora General Auxiliar
Materia: Conducta Profesional- La suspensión de la Notaría será efectiva una vez advenga final y firme la Sentencia, conforme la Regla 45 del Reglamento del Tribunal Su...
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