Partes:
In re: Damián F. Planas Merced
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata por el término de tres (3) meses, por violación al Canon 28 de Ética Profesional
Número de Caso:
CP-2008-0004
Año:
2010
Fecha:
23 de noviembre de 2010
Este documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico resuelve un caso de conducta profesional contra el Lcdo. Damián F. Planas Merced. La queja fue presentada por el Sr. Eduardo Rodríguez Domínguez, accionista de una corporación demandante en un caso de cobro de dinero. El abogado Planas Merced representaba al demandado en dicho caso. Se alegó que el licenciado Planas Merced se comunicó directamente con el Sr. Rodríguez Domínguez, tanto por teléfono como en persona en el tribunal. Durante estas comunicaciones, el abogado discutió el caso y sugirió que el representante y el abogado de la corporación demandante tenían agendas ocultas. El Sr. Rodríguez Domínguez presentó la queja formal ante el Tribunal. El Tribunal Supremo encontró que la conducta del abogado constituyó una violación a las normas de ética profesional. Como resultado, se impuso una sanción disciplinaria al Lcdo. Damián F. Planas Merced. La suspensión de su licencia para ejercer la abogacía fue efectiva a partir del 6 de diciembre de 2010.
| In re: | 2010 TSPR 223 |
|---|---|
| 180 DPR | |
| Damián F. Planas Merced |
Número del Caso: CP-2008-4
Fecha: 23 de noviembre de 2010
Abogado de la Parte Peticionaria:
Oficina del Procurador General: Lcda. Edna E. Rodríguez Benítez Procuradora General Auxiliar
Materia: Conducta Profesional (La suspensión será efectiva el 6 de diciembre de 2010, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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