Partes:
In re: Miguel Hernández Vázquez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía y la notaría por violación a los Cánones 12, 35 y 38 de Ética Profesional y a la Fe Pública notarial
Número de Caso:
CP-2006-3
Año:
2011
Fecha:
30 de diciembre de 2010
Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre la conducta profesional del abogado-notario Miguel Hernández Vázquez. Se le imputaron violaciones a la Ley Notarial y a los Cánones 12, 35 y 38 del Código de Ética Profesional. La querella surgió de su actuación como abogado y notario en reclamaciones hereditarias de la familia de la quejosa, donde legitimó una firma relacionada a un terreno en disputa. Posteriormente, el abogado se convirtió en comunero de dicho terreno, objeto de las disputas hereditarias. El Tribunal determinó que sus actuaciones se apartaron de las normas éticas y violaron la fe pública notarial. Por ello, se ordenó su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y del notariado. La suspensión fue efectiva a partir del 24 de enero de 2011, fecha de su notificación.
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
In re:
2011 TSPR 9 180 DPR $\qquad$
Miguel Hernández Vázquez
Número del Caso: CP-2006-3
Fecha: 30 de diciembre de 2010
Oficina del Procurador General: Lcda. Carmen A. Riera Cintrón Procuradora General Auxiliar
Lcda. Minnie H. Rodríguez López Procuradora General Auxiliar
Abogado del Peticionario:
Lcdo. Héctor L. Torres Vilá
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 24 de enero de 2011 fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está...
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