Partes:
In re: José A. Ortiz Lozada
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión indefinida por no contestar querella ni requerimientos del Tribunal Supremo
Número de Caso:
CP-2006-0022
Año:
2007
Fecha:
15 de octubre de 2007
El Tribunal Supremo de Puerto Rico consideró un caso de conducta profesional contra el Lic. José A. Ortiz Lozada, iniciado por una querella del Procurador General por faltas graves a la ética. El Tribunal emitió una primera Resolución requiriendo al licenciado contestar la querella, la cual no fue atendida. Ante este incumplimiento, se emitió una segunda Resolución ordenándole mostrar causa por la cual no debía ser sancionado, con apercibimiento de suspensión automática. Esta segunda orden, notificada personalmente, también fue desatendida por el licenciado Ortiz Lozada. El Tribunal enfatiza la obligación de los abogados de cumplir diligentemente sus órdenes y requerimientos. Los repetidos incumplimientos del licenciado Ortiz Lozada con las Resoluciones del Tribunal demuestran su falta de interés en continuar ejerciendo la profesión. Por lo tanto, el Tribunal determinó suspenderlo indefinidamente del ejercicio de la abogacía y la notaría.
In re: José A. Ortiz Lozada
2007 TSPR 232 172 DPR $\qquad$
Número del Caso: CP-2006-22
Fecha: 15 de octubre de 2007
Oficina del Procurador General: Lcda. Sylvia Roger Stefani Procuradora General Auxiliar
Materia: Conducta Profesional
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En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
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