Partes:
In re: Pedro Santiago Ríos
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Cánones 21, 37 y 38 de Ética Profesional; quantum de prueba. Se ordena la desestimación y archivo de la querella.
Número de Caso:
CP-2005-0008
Año:
2008
Fecha:
18 de diciembre de 2007
Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso disciplinario CP-2005-8 contra el licenciado Pedro Santiago Ríos. El procedimiento aborda alegadas violaciones a los Cánones 21, 37 y 38 del Código de Ética Profesional. Dada la no intervención de dos jueces, se constituyó una Sala Especial integrada por el Juez Presidente y dos Jueces Asociados para entender y disponer del caso. El licenciado Santiago Ríos fue admitido a la profesión en 1975. Los cargos por conducta profesional alegadamente violatoria se plantean en este procedimiento. El documento indica que el Contralor de Puerto Rico inició acciones relacionadas el 19 de febrero de 2004.
| In re: | 2008 TSPR 2 |
|---|---|
| Pedro Santiago Ríos | 173 DPR |
Número del Caso: CP-2005-8
Fecha: 18 de diciembre de 2007
Abogado de la Parte Querellada: Lcdo. Hermes F. Acevedo Lebrón
Oficina del Procurador General: Lcdo. Salvador J. Antonetti Stutts Procurador General
Lcda. Mariana Negrón Vargas Lcda. Maite D. Oronoz Rodríguez Subprocuradora General Lcda. Miriam Soto Contreras Procuradora General Auxiliar
Materia: Conducta Profesional
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