Partes:
IN RE: NELSON J. ALVAREZ APONTE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CP-2001-0011
Año:
2002
Fecha:
19 de diciembre de 2002
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió el caso de conducta profesional CP-2001-11, incoado contra el Lic. Nelson J. Álvarez Aponte. La Sra. Alma Forastieri Brunet presentó una queja alegando que el abogado no la mantuvo informada sobre el progreso de su caso de cobro de dinero. La quejosa también sostuvo que el abogado recibió un pago en su nombre y se negó a entregárselo, ofreciendo excusas sobre la verificación del cheque. El abogado presentó su contestación detallando las gestiones realizadas en el pleito. Tras evaluar la querella y la contestación, el Tribunal Supremo determinó que el abogado incurrió en conducta profesional indebida. En consecuencia, se ordenó la suspensión del Lic. Nelson J. Álvarez Aponte del ejercicio de la abogacía. La suspensión es efectiva a partir del 20 de septiembre de 2002.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Número del Caso: CP-2001-11
Fecha: 19/septiembre/2002
Oficina del Procurador General: Lcda. Cynthia Iglesias Quinones Procuradora General Auxiliar
Abogado de la Parte Querellada: Por Derecho Propio
Materia: Conducta Profesional (La suspensión es efectiva a partir del 20 de septiembre de 2002, fecha en que se le notificó al abogado el Per Curiam y Sentencia)
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. S...
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