Partes:
IN RE: RAFAEL AVILES CORDEROHECTOR TOSADO AROCHO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CP-2001-0002
Año:
2002
Fecha:
5 de diciembre de 2002
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión Per Curiam en un caso de conducta profesional contra los licenciados Rafael Avilés Cordero y Héctor A. Tosado Arocho. El proceso se inició tras una queja presentada por la señora Eusebia Martínez Lugo. La queja alegaba que los abogados actuaron como notarios en instrumentos públicos donde tenían interés personal o conflicto de interés. En respuesta, el Procurador General presentó una querella formal contra ambos letrados. Al licenciado Héctor A. Tosado Arocho se le imputan violaciones al Artículo 5 de la Ley Notarial y a los Cánones 21 y 38 del Código de Ética Profesional. Estos cargos se relacionan con su intervención como parte en negocios jurídicos autorizados por él y el conflicto entre sus intereses y los de su cliente. Al licenciado Rafael Avilés Cordero se le imputan violaciones a la Regla 5 del Reglamento Notarial y al Artículo 2 de la Ley Notarial. Los cargos contra Avilés Cordero se refieren a representar a un cliente como abogado y servir de notario en el mismo caso, y a la obligación de dar fe y autenticidad. La decisión fue emitida el 5 de septiembre de 2002, con la suspensión efectiva a partir del 19 de septiembre de 2002.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Número del Caso: CP-2001-2
Fecha: 5/septiembre/2002
Oficina del Procurador General: Lcda. Yvonne Casanova Pelosi Procuradora General Auxiliar
Abogados de la Parte Querellada: Lcdo. Manlio Arraiza Donate Lcdo. Luciano Sánchez Martínez
Materia: Conducta Profesional (La suspensión es efectiva a partir del 19 de septiembre de 2002, fecha en que se le notificó al abogado el Per Curiam y Sentencia)
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación ofici...
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