Partes:
IN RE: LUIS AMERICO AGUILA LOPEZ
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CP-1999-0008
Año:
2000
Fecha:
27 de septiembre de 2001
El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó una querella por conducta profesional contra el Lcdo. Luis Américo Aguila López. Se le imputaron violaciones a los Cánones 6, 18 y 35 de Ética Profesional. La querella se originó por su representación de un cliente en un procedimiento administrativo ante la Junta de Apelaciones del Sistema de Educación Pública (JASEP). El abogado no compareció a una conferencia señalada ni se excusó. Posteriormente, no respondió a una orden para mostrar causa por la cual no se debía desestimar la apelación. Como resultado, JASEP desestimó la apelación de su cliente. El Lcdo. Aguila López presentó una moción de reconsideración casi un año después de la desestimación, fuera del término legal. Tras examinar las determinaciones de hechos y la comparecencia del querellado, el Tribunal Supremo encontró mérito en la querella. Por su conducta, se suspende al Lcdo. Luis A. Aguila López del ejercicio de la abogacía por un periodo de un año.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
| In re: | Querella |
| Luis Américo Aguila López | 2000 TSPR 166 |
Número del Caso: CP-1999-8 Fecha: 27/septiembre/2000 Oficina del Procurador General: Lcda. Ivonne Casanova Pelosi Procuradora General Auxiliar Abogado de la Parte Querellada: Por Derecho Propio
Materia: Conducta Profesional
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