Partes:
RODRIGUEZ ROSA V MENDEZ & CO.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CE-1995-27
Año:
1999
Fecha:
18 de diciembre de 1999
El Tribunal Supremo de Puerto Rico abordó si un empleado que recibe tratamiento médico del Fondo del Seguro del Estado en horas no laborables ("C.T.") goza de la protección de seguridad en el empleo del Artículo 5(A) de la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo. El caso involucró a Lilliam Rodríguez Rosa, quien fue despedida por Méndez & Co. mientras recibía dicho tratamiento tras reportar una alegada condición laboral. La empleada continuó trabajando durante el tratamiento y argumentó que su despido fue ilegal por esta condición. El Tribunal interpretó que el Artículo 5(A) solo aplica a "casos de inhabilitación para el trabajo". Resolvió que un obrero bajo tratamiento en "C.T." no se considera inhabilitado para trabajar. Por consiguiente, determinó que dicho empleado no tiene derecho a la protección de reserva o reinstalación de empleo que confiere el Artículo 5(A). La decisión fue emitida el 18 de marzo de 1999.
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
| LILLIAM RODRIGUEZ ROSA | |
|---|---|
| Querellante-recurrida | |
| V. | |
| MENDEZ & CO. | |
| Querallada-peticionaria |
Número del Caso: CE-95-27 Abogados de la Parte Peticionaria: Lic. José J. Santiago Lic. José Luis Verdiales Morales (Fiddler, González & Rodríguez) Abogados de la Parte Recurrida: Lic. Carlos Mondríguez Lic. Julio Nigaglioni Arrache Abogados de la Parte Interventora: Tribunal de Instancia: Superior, Sala de Humacao Juez del Tribunal de Primera Instancia: Hon. Reinaldo De León Martínez Tribunal de circuito de Apelaciones:...
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