Partes:
EL PUEBLO DE PR V CINTRON ANTONSANTI
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CE-1994-764
Año:
1999
Fecha:
9 de diciembre de 1999
El documento es una sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso El Pueblo de Puerto Rico v. William Cintrón Antonsanti. Cintrón Antonsanti, exalcalde de Yauco, fue acusado originalmente de presentar documentos falsos relacionados con negocios municipales y fondos públicos. Antes del juicio, las partes sometieron una alegación preacordada al tribunal de instancia. Este acuerdo redujo el cargo original a un delito menos grave por omisión en el cumplimiento del deber. La alegación preacordada estipulaba una sentencia de multa de $500 y restitución de $2,500 por gastos periciales. Tras ser notificado del acuerdo, el juez se reunió en cámara con el fiscal y la defensa. Durante la reunión, el juez cuestionó al fiscal sobre la suficiencia de la prueba del Estado. El fiscal explicó que las alegaciones preacordadas se alcanzan evaluando la debilidad potencial de la prueba estatal o la fortaleza de la defensa. Argumentó que tales acuerdos sirven mejor a los intereses de la justicia en ciertas circunstancias. El documento describe el contexto procesal y los términos del acuerdo que el Tribunal Supremo está revisando.
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO | |
|---|---|
| Recurrido | |
| V. | |
| 99TSPR49 | |
| WILLIAM CINTRON ANTONSANTI | |
| Peticionario |
Número del Caso: CE-94-764 Abogados de la Parte Peticionaria: LCDO. ARTURO NEGRON GARCIA LCDO. JULIO EDUARDO TORRES Abogados de la Parte Recurrida: LCDA. BRENDA N. LEON SUAREZ FISCAL ESPECIAL INDEPENDIENTE Abogados de la Parte Interventora: Tribunal de Instancia: Superior, San Juan Juez del Tribunal de Primera Instancia: Hon. Germán Brau Tribunal de circuito de Apelaciones: Juez Ponente: Fecha: 4/9/1999 Materia: ...
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