Partes:
Ex Parte: Román Quiles y otros
Ponente:
Hon. Erick V. Kolthoff Caraballo
Materia:
Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria, Ley Núm. 210-2015 – No procede exigir una certificación jurada de mensura al promovente de un expediente de dominio que procure la inmatriculación de una finca independiente cuando este: (1) haya alegado que carece del título; y (2) de la petición jurada y prueba presentada surja alguna mensura en la que conste la cabida y las colindancias.
Número de Caso:
CC-2024-0200
Año:
2025
Fecha:
30 de abril de 2025
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resuelve una controversia sobre los requisitos procesales y sustantivos de un expediente de dominio para la inmatriculación de una finca independiente bajo la Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria (Ley Núm. 210-2015). La decisión determina que es improcedente exigir una certificación jurada de mensura expedida por un agrimensor cuando el peticionario alega carecer de título de propiedad. Esta exigencia se exime siempre que de la petición jurada y la prueba presentada surja una mensura que detalle la cabida y colindancias en el sistema métrico decimal, conforme a los artículos 23(A)(2) y 185(1)(b) de la citada ley. Asimismo, el Tribunal aclara las obligaciones de notificación y citación a las que está sujeto el promovente según el Artículo 185(2). Se establece que los tribunales deben ceñirse estrictamente a lo dispuesto en la Ley Núm. 210-2015 para los trámites del expediente de dominio, sin imponer requisitos adicionales de otras leyes. En consecuencia, se resuelve que no procede ordenar la citación de entidades de servicios de utilidad pública al amparo de la Ley de Servidumbres Legales de Servicio Público. Esta determinación busca uniformar la aplicación de los requisitos legales y evitar dilaciones innecesarias en los procesos de inmatriculación de bienes inmuebles.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Número del Caso: CC-2024-0200
Fecha: 30 de abril de 2025
Tribunal de Apelaciones:
Panel XI
Representante legal de la parte peticionaria:
Lcdo. Edwin Colón Prats
Materia: Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria, Ley Núm. 210-2015 - No procede exigir una certificación jurada de mensura al promovente de un expediente de dominio que procure la inmatriculación de una finca independiente cuando este: (1) haya alegado que carece del título; y (2) de la petición jurada y prueba presentada surja alguna mensura en la que conste la ...
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