Partes:
Buxó Santiago v. Oficina de Ética Gubernamental
Ponente:
Hon. Edgardo Rivera García
Materia:
Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental – El Art. 5.1 provee un listado taxativo de los servidores públicos que deben presentar los informes financieros, el cual no incluye a los Delegados Congresionales.
Número de Caso:
CC-2023-0543
Año:
2024
Fecha:
10 de diciembre de 2024
Este documento es una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso CC-2023-0543, Zoraida Buxó Santiago v. Oficina de Ética Gubernamental (OEG). La controversia principal fue determinar si los Delegados Congresionales están obligados a presentar informes financieros bajo el Artículo 5.1 de la Ley Orgánica de la OEG. El Tribunal resolvió que el Artículo 5.1 provee un listado taxativo de los servidores públicos sujetos a esta obligación. Concluyó que dicho listado no incluye a los Delegados Congresionales. Por lo tanto, el Tribunal determinó que la OEG no posee autoridad para exigir estos informes a los Delegados Congresionales. La decisión también validó la acción de la peticionaria de impugnar el requerimiento de la OEG directamente ante el Tribunal de Primera Instancia mediante injunction y sentencia declaratoria, al considerar que la actuación de la OEG fue ultra vires.
| Zoraida Buxó Santiago | |
|---|---|
| Peticionaria | Apelación |
| v. | 2024 TSPR 130 |
| Estado Libre Asociado de Puerto | 215 DPR |
| Rico; Luis A. Pérez Vargas en su | |
| carácter oficial como Director de | |
| la Oficina de Ética Gubernamental | |
| Recurridos |
Número del Caso: CC-2023-0543
Fecha: 10 de diciembre de 2024
Tribunal de Apelaciones: Panel V Representante legal de la parte peticionaria: Por Derecho Propio
Representante legal de la parte recurrida: Lcdo. Carlos J. Torres-Vélez
Oficina del Procurador General: Hon. Fernando Figueroa Santiago Procurador General ...
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