Partes:
Ross Valedón y otro v. Hospital Dr. Susoni Health Community Services, Corp. y otros
Ponente:
Hon. Luis F. Estrella Martínez
Materia:
Procedimiento Civil – Curso de acción del tribunal ante una solicitud de desistimiento presentada luego de transcurrir el término de 120 días para diligenciar el emplazamiento; y comienzo del término prescriptivo interrumpido por la reclamación judicial.
Número de Caso:
CC-2023-0257
Año:
2024
Fecha:
7 de febrero de 2024
Este documento es la decisión 2024 TSPR 10 del Tribunal Supremo de Puerto Rico, identificada como CC-2023-0257. El caso surge de un pleito de daños y perjuicios por alegada negligencia médica. La controversia principal aborda dos puntos cruciales de procedimiento civil y prescripción. Primero, la decisión establece el curso de acción que deben seguir los tribunales cuando una demanda no es emplazada dentro del término de 120 días que exige la Regla 4.3(c). Segundo, aclara cuándo comienza a transcurrir nuevamente el término prescriptivo que fue interrumpido por la presentación de una reclamación judicial. Esto es relevante cuando la demanda inicial es desestimada y archivada sin perjuicio precisamente por no haberse diligenciado el emplazamiento dentro del plazo legal. El caso fáctico involucró una primera demanda que no cumplió con el término de emplazamiento, una solicitud de desistimiento posterior a dicho término, una desestimación sin perjuicio y la subsiguiente presentación de una segunda demanda. La opinión, emitida por el Juez Asociado Señor Estrella Martínez, busca clarificar las consecuencias procesales y de prescripción en estas situaciones.
| Elga Ross Valedón, por sí y en representación de Celián Esther Quintero Ross | Certiorari |
|---|---|
| Peticionaria | 2024 TSPR 10 |
| v. | 213 DPR |
| Hospital Dr. Susoni Health Community Services, Corp. y otros | |
| Recurridos |
Número del Caso: CC-2023-0257
Fecha: 7 de febrero de 2024
Tribunal de Apelaciones: Panel II
Abogados de la parte peticionaria: Lcdo. Manuel Martínez Umpierre Lcdo. Joaquín Martínez García
Abogados de la parte recurrida: Lcdo. José O'Neill Font Lcdo. Reinaldo Calderón Jiménez Lcdo. Miguel De Ayala Hellman
Materia: Procedimiento Civil - Curso de acció...
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