Partes:
El Pueblo v. Bonilla Rosado
Ponente:
Resolución con Voto Particular Disidente
Materia:
Resolución con Voto Particular Disidente
Número de Caso:
CC-2022-818
Año:
2022
Fecha:
14 de diciembre de 2022
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en el caso El Pueblo de Puerto Rico v. José C. Bonilla Rosado, emitió una resolución el 14 de diciembre de 2022. El Tribunal examinó una moción urgente de paralización de procedimientos y una petición de certiorari presentadas por el peticionario. La mayoría del Tribunal declaró No Ha Lugar tanto la moción como la petición de certiorari. Esta decisión ratificó la determinación previa del Tribunal de Apelaciones, la cual había revocado una resolución del Tribunal de Primera Instancia. El Juez Asociado Estrella Martínez emitió un voto particular disidente, al cual se unió la Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez. Argumentaron que la decisión de la mayoría apoya implícitamente un fallo del Tribunal de Apelaciones que es irreconciliable con los principios de Miranda v. Arizona sobre las protecciones constitucionales para sospechosos criminales. El Juez Asociado Colón Pérez también expresó una opinión a favor de paralizar y revisar la decisión del Tribunal de Apelaciones dadas las particularidades del caso.
| El Pueblo de Puerto Rico | |
|---|---|
| Recurrido | Certiorari |
| v. | 2022 TSPR 147 |
| José C. Bonilla Rosado | 210 DPR |
| Peticionario |
Número del Caso: CC-2022-818
Fecha: 14 de diciembre de 2022
Tribunal de Apelaciones: Panel VII
Abogada de la parte peticionaria Sociedad para Asistencia Legal de Puerto Rico: Lcda. Ana Esther Andrade Rivera
Materia: Resolución del Tribunal con Voto Particular Dísidente.
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