Partes:
Colón Vega v. Díaz Lebrón
Ponente:
Hon. Martínez Torres
Materia:
Procedimiento Civil – Procede convalidar una sentencia emitida por un tribunal del estado de la Florida mediante el procedimiento de exequátur, ya que ese foro tenía jurisdicción, observó el debido proceso de ley y la sentencia no estuvo viciada por fraude.
Número de Caso:
CC-2022-0257
Año:
2023
Fecha:
14 de marzo de 2023
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió el caso CC-2022-0257, determinando si procedía convalidar una sentencia de un tribunal de Florida sobre custodia mediante exequátur. El peticionario, Michael W. Colón Vega, solicitó la ejecución de la sentencia de Florida que le otorgaba la custodia de los hijos menores. La recurrida, Iris V. Díaz Lebrón, se opuso alegando fraude y falsedad en las alegaciones del caso original. El Tribunal concluyó que la sentencia de Florida debía recibir entera fe y crédito. Esto se basó en que el foro de Florida tuvo jurisdicción, observó el debido proceso de ley y la sentencia no estuvo viciada por fraude. Se especificó que enviar notificaciones a la dirección donde se realizó el emplazamiento personal cumple con el debido proceso, considerándola la última conocida y razonablemente calculada. Además, el Tribunal aclaró que la alegación de fraude en el exequátur no permite relitigar los méritos del caso original ni presentar evidencia que debió someterse en Florida. El fraude que impide la convalidación debe ser aquel que vicia la sentencia de tal modo que exceda los preceptos de entera fe y crédito.
| Michael W. Colón Vega Peticionario v. Iris V. Díaz Lebrón Recurrida | Certiorari 2023 TSPR 27 211 DPR |
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Número del Caso: CC-2022-0257
Fecha: 14 de marzo de 2023
Tribunal de Apelaciones: Panel Especial
Abogado de la parte peticionaria: Lcdo. José Emmanuel Santiago Cardona
Abogada de la parte recurrida: Lcda. Cynthia G. Espéndez Santiesteban
Materia: Procedimiento Civil: Procede convalidar una sentencia emitida por un tribunal del estado de la Florida mediante el procedimiento de exequátur, ya que ese foro tenía jurisdicción, observó el debid...
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