Partes:
El
Ponente:
Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente
Materia:
Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente
Número de Caso:
CC-2021-71
Año:
2021
Fecha:
22 de enero de 2021
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso El Pueblo de Puerto Rico v. Neftalí Ortiz Colón (CC-2021-0071). La Corte examinó una petición de certiorari y una moción urgente solicitando remedios en auxilio de jurisdicción presentadas por el peticionario. La mayoría del Tribunal declaró no ha lugar a ambas solicitudes. La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez manifestó que hubiese expedido ambos recursos. El Juez Asociado Estrella Martínez emitió un voto particular disidente, al cual se unió el Juez Asociado Feliberti Cintrón. El disenso argumentó que la adecuada administración de justicia requería conceder el auxilio de jurisdicción. Sostuvo que esto evitaría que comenzara un juicio por tribunal de derecho, a pesar de que el peticionario invocó la norma de Ramos v. Louisiana sobre el derecho a juicio por jurado. El voto particular criticó que la decisión permitiera el inicio del juicio mientras la controversia sustantiva estaba incierta en el Tribunal de Apelaciones. Concluyó que la determinación de la mayoría no era la más garante del derecho a juicio por jurado.
| El Pueblo de Puerto Rico | |
|---|---|
| Recurrido | Certiorari |
| v. | |
| Neftalí Ortiz Colón | 2021 TSPR 6 |
| Peticionario | 205 DPR |
Número del Caso: CC-2021-0071
Fecha: 22 de enero de 2021
Tribunal de Apelaciones: Panel IV
Abogado de la parte peticionaria: Lcdo. Jesús Miranda Díaz Lcdo. Alex Ramos Díaz
Materia: Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente.
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