Partes:
El Pueblo v. En Interés del menor KDTG
Ponente:
Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente
Materia:
Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente
Número de Caso:
CC-2021-233
Año:
2021
Fecha:
30 de abril de 2021
El Tribunal Supremo de Puerto Rico denegó una Moción solicitando paralización de procedimientos y una Petición de certiorari presentadas por el menor KDTG. El caso se relaciona con una vista de renuncia de jurisdicción contra el menor, ahora de 18 años, imputado de asesinato. La defensa argumentó que el tribunal primario erró al unir un informe de evaluación social al expediente. El Tribunal Supremo aclaró que los informes sociales son confidenciales y su unión al expediente por la Secretaría no implica su autenticación o admisión como prueba. El Ministerio Público debe presentar prueba para que el informe sea admitido, y la defensa tiene derecho a impugnar su admisibilidad en la vista. La presencia del informe en el expediente social, sin haber sido admitido, no viola los derechos constitucionales del menor a un juicio justo e imparcial. Las determinaciones discrecionales del Tribunal de Primera Instancia merecen gran deferencia.
| El Pueblo de Puerto Rico | |
|---|---|
| Recurrido | Certiorari |
| v. | 2021 TSPR 59 |
| En Interés del menor KDTG | 206 DPR |
| Peticionario |
Número del Caso: CC-2021-233
Fecha: 30 de abril de 2021
Tribunal de Apelaciones: Panel VIII
Abogada de la parte peticionaria: Lcda. Marangely González Correa Sociedad para Asistencia Legal
Materia: Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tr...
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