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Casos/Tribunal Supremo/CC-2019-533

McNeil Healthcare, Inc. v. Municipio de Las Piedras et al. [I]

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

McNeil Healthcare, Inc. v. Municipio de Las Piedras et al. [I]

Ponente:

Hon. Feliberti Cintrón

Materia:

Derecho Probatorio: El privilegio contador público autorizado – cliente dispuesto en la Regla 504 de Evidencia, 32 LPRA Ap. VI, aplica a personas jurídicas y les otorga el privilegio de rehusar revelar o impedir que otra persona revele, las comunicaciones confidenciales habidas entre sus oficiales y los contadores públicos autorizados de los cuales obtuvo servicios profesionales. Lo determinante para la aplicación de este privilegio no es la calidad en la que el contador público autorizado lleva a cabo las gestiones profesionales a favor de la persona jurídica, sino que esa comunicación interna contenga evaluaciones profesionales de índole confidencial a favor del cliente y que sean realizadas dentro de un marco de confidencialidad que muy difícilmente pudiera presumirse que tenía el fin de ser divulgada a terceras personas. De otro lado, debido a que la Regla 504 no excluye de protección las comunicaciones realizadas entre contadores públicos autorizados que brindan servicios a las empresas que los emplean, y ante la similitud entre este privilegio y el de abogado-cliente, dichas comunicaciones deben estar protegidas al igual que lo estarían si se tratara de un abogado corporativo (“in-house counsel”).

Detalles Técnicos

Número de Caso:

CC-2019-533

Año:

2021

Fecha:

26 de febrero de 2021

Resumen

El Tribunal Supremo de Puerto Rico abordó por primera vez el alcance del privilegio contador público autorizado-cliente (Regla 504 de Evidencia). La decisión establece que este privilegio aplica a personas jurídicas. Protege las comunicaciones confidenciales entre los oficiales de la empresa y los contadores públicos autorizados que les brindan servicios profesionales. Lo determinante es que la comunicación contenga evaluaciones profesionales confidenciales realizadas en un marco de confianza. El privilegio no depende de si el CPA es externo o interno ("in-house"). Las comunicaciones entre contadores públicos autorizados que sirven a la empresa también están protegidas, de forma similar al privilegio abogado-cliente para abogados corporativos. El Tribunal busca proteger la confianza y la comunicación libre y franca entre estos profesionales y sus clientes. El caso surgió de una disputa sobre patentes municipales y solicitudes de descubrimiento de comunicaciones con CPAs de la empresa.

Contenido del Caso

McNeil Healthcare, LLCCertiorari
Peticionario2021 TSPR 24
v.206 DPR
Municipio de Las Piedras et al. [I]
Recurridos

Número del Caso: CC-2019-533

Fecha: 26 de febrero de 2021

Tribunal de Apelaciones: Panel IV

Abogados de la parte peticionaria: Lcdo. Juan A. Marqués Díaz Lcdo. Rubén Muñiz Bonilla Lcdo. Britt E. Arrieta Rivera

Abogado de la parte recurrida: Lcdo. Eduardo H. Martínez Echevarría

Materia: Derecho Probatorio - El privilegio CPA-cliente dispuesto en la Regla 504 de Evidencia aplica a personas jurídicas y les otorga el privilegio de...

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