Partes:
VS PR, LLC v. Drift-Wind, Inc.; ORC Miramar Corporation
Ponente:
Hon. Pabón Charneco
Materia:
Procedimiento Civil – Los tribunales sentenciadores tienen discreción para precisar si el efecto de una desestimación bajo la Regla 69.5 de Procedimiento Civil es con o sin perjuicio.
Número de Caso:
CC-2019-519
Año:
2021
Fecha:
3 de junio de 2021
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en el caso CC-2019-519, aborda el alcance de una desestimación bajo la Regla 69.5 de Procedimiento Civil. La controversia central es si la falta de prestación oportuna de una fianza de no residente configura necesariamente una adjudicación en los méritos, es decir, una desestimación con perjuicio. Se busca aclarar si es permisible que los tribunales decreten que dicha desestimación sea sin perjuicio. El caso se origina en una disputa sobre cánones de arrendamiento, donde la parte peticionaria, VS PR, LLC, demandó a Drift-Wind, Inc. El Tribunal Supremo resuelve que los tribunales sentenciadores tienen discreción para determinar el efecto de una desestimación por incumplimiento con la fianza de no residente. Pueden precisar si la desestimación es con o sin perjuicio, aclarando así lo resuelto en Bram v. Gateway Plaza, Inc.
Número del Caso: CC-2019-519
Fecha: 3 de junio de 2021
Tribunal de Apelaciones: Panel V
Abogado de la parte peticionaria: Lcdo. Hermán G. Colberg Guerra
Abogados de la parte recurrida: Lcdo. Edilberto Berríos Pérez Lcdo. Giovanni A. Lausell-González
Materia: Procedimiento Civil- Los tribunales sentenciadores tienen discreción para precisar si el efecto de una desestimación bajo la Regla 69.5 de Procedimiento Civil es con o sin perjuicio.
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