Partes:
Naráez Cortés v. ELA
Ponente:
Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente.
Materia:
Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente.
Número de Caso:
CC-2018-56
Año:
2018
Fecha:
21 de febrero de 2018
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso CC-2018-56, un recurso de certiorari entre Manuel Narváez Cortés y el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. El Tribunal ordenó el archivo administrativo y la paralización de los procedimientos. Esta decisión se basó en la petición presentada por el Estado bajo el Título III de PROMESA. La paralización se fundamenta en la aplicación de la paralización automática dispuesta por el Código Federal de Quiebras. Esto ocurre porque el caso afecta el patrimonio del deudor, que es el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Los procedimientos permanecerán paralizados hasta que se certifique el levantamiento de la paralización automática. Un voto particular concurrente explica que la reclamación está paralizada por afectar el patrimonio del deudor en quiebra y subraya la supremacía de la ley federal bajo PROMESA y la Constitución de EE. UU. La Jueza Presidenta emitió un voto particular disidente.
| Manuel Narváez Cortés Recurrido v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Secretario de Justicia de Puerto Rico Peticionarios | Certiorari 2018 TSPR 32 199 |
|---|
Número del Caso: CC-2018-56
Fecha: 21 de febrero de 2018
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Bayamón y Carolina
Oficina del Procurador General: Lcdo. Isaías Sánchez Báez Sub Procurador General Lcda. Carmen Riera Cintrón Procuradora General Auxiliar
Abogado de la parte recurrida: Lcdo. Alex Ramos Díaz
Materia: Resolución del Tribunal con Voto particular disidente.
Este...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito