Partes:
Pueblo v. Torres Cruz
Ponente:
Resolución del Tribunal con Voto Disidente
Materia:
Resolución del Tribunal
Número de Caso:
CC-2016-836
Año:
2015
Fecha:
15 de octubre de 2015
El Tribunal Supremo de Puerto Rico evaluó una Urgente Solicitud de Reconsideración presentada por El Pueblo de Puerto Rico en el caso contra Javier Torres Cruz. El Tribunal resolvió declarar no ha lugar la solicitud de reconsideración. Esta decisión fue adoptada por mayoría. La Jueza Asociada Pabón Charneco emitió un voto disidente, indicando que habría declarado ha lugar la solicitud. Expresó que el Pueblo cuenta con herramientas estatutarias para mantener la custodia del recurrido mientras se evalúa la petición de certiorari. También discrepó de la excarcelación irrestricta sin imponer restricciones o garantías necesarias. El Juez Asociado Rivera García también emitió un voto particular disidente, al cual se unió la Jueza Asociada Pabón Charneco. La Jueza Asociada Oronoz Rodríguez no intervino en la decisión.
| El Pueblo de Puerto Rico | |
|---|---|
| Peticionario | Certiorari |
| v. | 2015 TSPR 138 |
| Javier Torres Cruz | 193 DPR |
| Recurrido |
Número del Caso: CC-2015-836
Fecha: 15 de octubre de 2015
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Guayama
Oficina de la Procuradora General:
Lcda. Margarita Mercado Echegaray Procuradora General Lcda. Yazmet Y. Ramírez Díaz Procuradora General Auxiliar
Materia: Resolución del Tribunal con Voto Disidente
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