Partes:
Pueblo v. Crespo Cumba
Ponente:
Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente
Materia:
Resolución del Tribunal
Número de Caso:
CC-2015-791
Año:
2015
Fecha:
5 de octubre de 2015
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso El Pueblo de Puerto Rico v. Aneudy Crespo Cumba. La resolución denegó la moción en auxilio de jurisdicción y el recurso de certiorari presentados por el peticionario. Los Jueces Asociados Martínez Torres y Feliberti Cintrón hicieron constar que la denegatoria era sin perjuicio de que el peticionario presentara un recurso de hábeas corpus en el Tribunal de Primera Instancia que cumpliera con los requisitos de forma. El Juez Asociado Estrella Martínez emitió un voto particular disidente. En su disenso, argumentó que era imperativo que el Tribunal se expresara sobre si el Estado posee un poder irrestricto para extender la fase de ejecución de una sentencia penal. Señaló que existen garantías que permiten a los ciudadanos cuestionar dilaciones injustificadas e irrazonables. El disenso concluyó que los foros recurridos erraron al denegar un remedio sin la celebración de una vista al respecto.
| El Pueblo de Puerto Rico | |
|---|---|
| Recurrido | Certiorari |
| v. | 2015 TSPR 133 |
| Aneudy Crespo Cumba | 193 DPR |
| Peticionario |
Número del Caso: CC-2015-791
Fecha: 5 de octubre de 2015
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Mayagüez - Aguadilla Panel XI
Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. José M. Cruz Ellis
Oficina de la Procuradora General:
Lcda. Margarita Mercado Echegaray Procuradora General Lcdo. Iván Rivera Labrador Procurador General Auxiliar
Materia: Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente
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