Partes:
Pueblo v. Concepción Guerra
Ponente:
Hon. Martínez Torres
Materia:
Derecho Penal – Elemento de la premeditación para la configuración del delito de asesinato en primer grado; Ley de Armas – Art. 7.03, duplicación de las penas impuestas
Número de Caso:
CC-2014-818
Año:
2015
Fecha:
10 de diciembre de 2015
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió esta opinión para esclarecer el elemento de la premeditación en el delito de asesinato en primer grado. Se examina si un narcotraficante que dispara contra un menor, creyendo que es un integrante de una organización criminal rival en medio de una guerra callejera, comete dicho delito. El caso se origina en un incidente donde un niño de trece años fue baleado fatalmente en Bayamón. El acusado disparó contra el menor en la urbanización Bosque de las Palmas. Una segunda controversia abordada es si el Artículo 7.03 de la Ley de Armas autoriza la duplicación de las penas impuestas sobre un acusado con agravantes o atenuantes. La opinión busca definir los contornos de la premeditación en este contexto fáctico particular. También resuelve la duda sobre la correcta aplicación de la duplicación de penas bajo la Ley de Armas. Este caso es crucial para la interpretación del derecho penal y la Ley de Armas en Puerto Rico.
| El Pueblo de Puerto Rico | Certiorari |
|---|---|
| Peticionario | 2015 TSPR 162 |
| V. | 194 DPR |
| José A. Concepción Guerra | |
| Recurrido |
Número del Caso: CC-2014-818
Fecha: 10 de diciembre de 2015
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Bayamón Oficina de la Procuradora General: Lcda. Margarita Mercado Echegaray Procuradora General Lcda. Tanaira Padilla Rodríguez Subprocuradora General Lcda. Eva Soto Castelló Procuradora General Auxiliar Abogado de la Parte Recurrida: Lcda. Ivette Aponte Nogueras Lcdo. Alberic Prados Bou
Materia: Derecho Penal - Elemento de la prem...
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