Partes:
Rocío Fonte v. F & R Construction, S.E.
Ponente:
Hon. Estrella Martínez
Materia:
Derecho administrativo – Efecto de que una agencia acoja, resuelva y archive en autos su decisión sobre una moción de reconsideración antes del plazo estatutario, pero deposita en el correo la notificación luego de transcurrido el plazo
Número de Caso:
CC-2014-528
Año:
2016
Fecha:
1 de septiembre de 2016
Este documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda una cuestión de derecho administrativo. Se centra en el efecto de que una agencia, el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), resuelva y archive una moción de reconsideración dentro del plazo legal, pero notifique su decisión a las partes después de vencido dicho término. La controversia surge de una querella por vicios de construcción presentada por María del Rocío Fonte Elizondo y Stella Infanzón Padilla contra F & R Construction, S.E. y Mora Development, Corp. DACO inicialmente falló a favor de las querellantes, ordenando reparaciones o pago y costas. Las querellantes solicitaron reconsideración sobre los montos concedidos. La pregunta legal clave es si la notificación tardía privó a DACO de jurisdicción y si, por ende, la solicitud de revisión judicial posterior fue extemporánea. El Tribunal busca precisar si el acto de notificación posterior invalida la decisión tomada a tiempo.
| María del Rocío Fonte Elizondo y Stella Infanzón Padilla | Certiorari |
|---|---|
| Peticionarias | 2016 TSPR 194 |
| v. | 196 DPR |
| F & R Construction, S.E., Mora Development, Corp. | |
| Recurridos |
Número del Caso: CC-2014-528
Fecha: 1ro de septiembre de 2016
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Bayamón, Panel VII
Abogado de la parte Peticionaria: Lcdo. Carlos E. Aguilar Pérez
Abogado de la parte Recurrida: Lcdo. Juan E. Nater Santana
Materia: Derecho administrativo - Efecto de que una agencia acoja, resuelva y archive en autos su decisión sobre una mo...
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