Partes:
Acosta Rodríguez v. Ghigliotti Lagares
Ponente:
Sentencia con Opinión de Conformidad y Opinión Disidente
Materia:
Sentencia con Opinión de Conformidad y Opinión Disidente
Número de Caso:
CC-2011-471
Año:
2012
Fecha:
15 de octubre de 2012
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión el 15 de octubre de 2012 en el caso CC-2011-471, entre Oscar Acosta Rodríguez y Daisy García Andújar contra Luis Armando Ghigliotti Lagares. El Tribunal expidió un auto de certiorari y confirmó el dictamen del Tribunal de Apelaciones. Esta decisión incluyó una Sentencia, una Opinión de Conformidad y una Opinión Disidente. Una cuestión legal clave abordada fue si es necesaria la prestación de fianza para apelar una orden de desahucio cuando se le reconoce al demandado un crédito por mejoras realizadas a la propiedad. La Opinión de Conformidad, que representó la postura mayoritaria, concluyó que la ley exige la fianza sin excepción para tales escenarios. El caso se originó de una acción de desahucio donde el demandado reclamó crédito por mejoras. La confirmación del Tribunal Supremo sostuvo el requisito de la fianza para apelar en estas circunstancias. La existencia de una opinión disidente señala una división entre los jueces sobre este asunto.
| Oscar Acosta Rodríguez y Daisy García Andújar Recurridos v. Luis Armando Ghigliotti Lagares, por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales entre éste y Jane Doe Peticionarios | Certiorari 2012 TSPR 152 186 DPR |
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Número del Caso: CC-2011-471
Fecha: 15 de octubre de 2012
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Mayagüez, Región IX Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Wilmer Rivera Acosta
Abogados de la Parte Recurrida: Lcdo. Luis M. Muñiz Pérez Lcdo. Luis A. Muñiz Campos
Materia: Sentencia con Opinión...
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