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Casos/Tribunal Supremo/CC-2009-660

Silva Olivencia v. Boquerón Resort S.E.

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

Silva Olivencia v. Boquerón Resort S.E.

Ponente:

Hon. Estrella Martínez

Materia:

Ley de Derecho de Multipropiedad y Clubes Vacacionales- Contrato para uso de instalaciones

Detalles Técnicos

Número de Caso:

CC-2009-660

Año:

2012

Fecha:

22 de agosto de 2012

Resumen

Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico de 22 de agosto de 2012 (2012 TSPR 131). Examina por primera vez la Ley de Derecho de Multipropiedad y Clubes Vacacionales de Puerto Rico, Ley Núm. 252-1996. El caso surge de una querella presentada por los esposos Silva-Alicea contra Aquarius Vacation Club ante el D.A.Co. Los consumidores adquirieron una semana de uso vacacional en 2005, con derecho a uso a partir de 2006 y facilidades estimadas para completarse a mediados de 2006. No pudieron disfrutar su derecho en 2006 porque las instalaciones seguían en construcción. Solicitaron la cancelación del contrato y el reembolso alegando incumplimiento. La controversia principal es si un consumidor puede cancelar un contrato de multipropiedad si las instalaciones no se completan en la fecha estimada en el documento de ofrecimiento público. También se considera si la falta de una advertencia específica sobre el derecho del desarrollador a un término de dieciocho meses para finalizar la construcción, según la ley especial, afecta el derecho del consumidor a cancelar. El Tribunal resuelve esta cuestión legal crucial para la industria de multipropiedad en Puerto Rico.

Contenido del Caso

Wilfredo Silva Olivencia, Yvette Alicea Ruiz y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos
Peticionarios
v.
Boquerón Resort S.E., h/n/c Aquarius Vacation Club
Recurrido
Departamento de Asuntos del Consumidor
Agencia Recurrida
Certiorari
2012 TSPR 131
186 DPR

Número del Caso: CC-2009-660

Fecha: 22 de agosto de 2012

Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de San Juan, Panel I

Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. Heriberto Güivas Lorenzo Lcda. Luisselle Quiñones Maldonado Abogados de la Parte Recurrida: Lcda. Alina M....

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