Partes:
Moreno González v. Cooperativa de Ahorro y Crédito de Añasco
Ponente:
Sentencia con Opinión Disidente
Materia:
Sentencia con Opinión Disidente
Número de Caso:
CC-2009-53
Año:
2010
Fecha:
20 de enero de 2010
Se revisa mediante certiorari una Sentencia del Tribunal de Apelaciones en un caso de reclamación de salarios. La controversia principal gira en torno a la validez de una notificación de resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución declaró No Ha Lugar una moción de reconsideración presentada por la parte demandante, Nydia Moreno González. El Tribunal de Apelaciones determinó que la notificación de esta resolución era defectuosa. Según el foro apelativo, el defecto consistió en no informar a la parte perjudicada sobre su derecho a instar un recurso de apelación. Como consecuencia de este defecto, el Tribunal de Apelaciones concluyó que los términos para presentar el recurso de apelación no comenzaron a transcurrir. El Tribunal Supremo evalúa si esta interpretación sobre la notificación y el inicio del término apelativo es correcta. La Sentencia del Tribunal Supremo aborda este punto procesal crucial para la continuación del litigio sobre la reclamación de comisiones.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
| Nydia Moreno González | |
|---|---|
| Recurrida | Certiorari |
| $v$. | 2010 TSPR 17 |
| Cooperativa de Ahorro y | 178 DPR |
| Crédito de Añasco | |
| Peticionaria |
Número del Caso: CC-2009-53
Fecha: 20 de enero de 2010
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Mayagüez-Aguadilla
Juez Ponente: Hon. Carlos Rodríguez Muñiz
Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. José L. Colom Fagundo Lcda. Roxana M. Viera Canales
Materia: Reclamación de Salarios Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los ...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito