Partes:
Puerto Rico Telephone Co. v. Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones y otros
Ponente:
Hon. Fiol Matta
Materia:
Derecho Administrativo – Procedimiento de evaluación en solicitudes de franquicia de televisión por cable; revisión de las decisiones de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones
Número de Caso:
CC-2009-380
Año:
2010
Fecha:
9 de junio de 2010
El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera si un competidor tiene derecho a intervenir en la evaluación de una solicitud de franquicia de cable televisión. La solicitud fue presentada por Puerto Rico Telephone Company (PRTC) para operar un sistema basado en tecnología IPTV. San Juan Cable (One Link Communications) solicitó intervenir en el procedimiento ante la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones. La controversia central es si el derecho a intervenir se activa durante la fase de evaluación de la solicitud o únicamente al impugnar la concesión/denegación o presentar una querella. Para resolverlo, el Tribunal debe examinar la política pública sobre telecomunicaciones y cable TV. También es necesario interpretar el Capítulo V de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (L.P.A.U.) sobre la concesión de franquicias. El caso requiere aclarar la norma establecida previamente por el Tribunal en San Antonio Maritime. Adicionalmente, se debe determinar si las decisiones de la Junta sobre descubrimiento de prueba y confidencialidad son resoluciones interlocutorias no revisables judicialmente. La opinión busca definir el alcance de la participación de competidores en estos procedimientos administrativos.
| Puerto Rico Telephone Company h/n/c Claro TV Recurridos | |
|---|---|
| $v$. | Certiorari |
| Junta de Reglamentadora de | 2010 TSPR 89 |
| Telecomunicaciones | |
| Agencia-Recurrida | 179 DPR |
| San Juan Cable LLC, h/n/c One Link | |
| Communications | |
| Peticionarios |
Número del Caso: CC-2009-380
Fecha: 9 de junio de 2010
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de San Juan Panel II Jueza Ponente: Hon. Aleida Varona Méndez Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. Jorge Bauermeister Lcdo. Guillermo Ramos Luiña Lcdo. Pedro A. Delgado Hernández Lcdo. Carlos George Abogados d...
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