Partes:
Rivera Sierra v. Superintendente Institución Anexo 500 de Guayama
Ponente:
Sentencia con Opinión Disidente
Materia:
Sentencia con Opinión Disidente
Número de Caso:
CC-2009-124
Año:
2010
Fecha:
24 de mayo de 2010
Wilson Rivera Sierra, confinado bajo supervisión electrónica, fue reingresado a prisión en diciembre de 2007 por alegadas violaciones a las condiciones del programa. Una vista inicial determinó causa probable para entender que había violado varias condiciones. Posteriormente, se señaló una vista final de revocación, durante la cual la defensa solicitó la desestimación por alegadas violaciones al debido proceso en la vista inicial. La oficial examinadora paralizó la vista y ordenó a la defensa presentar sus planteamientos por escrito. Alegadamente, el caso fue señalado para una vista posterior sin la debida notificación al abogado del peticionario. Este documento es una Sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico en un recurso de Certiorari presentado por Rivera Sierra. El caso aborda la validez del proceso de revocación de la supervisión electrónica. La controversia principal gira en torno a las alegadas violaciones al debido proceso de ley y la falta de notificación adecuada al peticionario y su representación legal. La decisión del Tribunal Supremo resuelve los planteamientos sobre los derechos procesales del confinado en este tipo de procedimientos.
| Wilson Rivera Sierra | |
|---|---|
| Peticionario | Certiorari |
| v. | 2010 TSPR 84 |
| Superintendente Institución Anexo 500 de Guayama, et. al. | 179 DPR |
| Número del Caso: CC-2009-124 | |
| Fecha: 24 de mayo de 2010 | |
| Tribunal de Apelaciones: | |
| Región Judicial de Guayama Panel X | |
| Juez Ponente: | |
| Hon. Carmen A. Pesante Martínez | |
| Abogados de la parte peticionaria: | |
| Lcdo. Juan Carlos Ríos Pérez | |
| Lcdo. Luis A. Henríquez Carrero | |
| Oficina de la Procuradora General: | |
| Lcda. Amir Cristina Nieves Villegas | |
| Procuradora General Auxil... |
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