Partes:
Pueblo v. Guzmán Batista
Ponente:
Resolución y Voto Disidente
Materia:
Resolución y Voto Disidente
Número de Caso:
CC-2009-1066
Año:
2010
Fecha:
24 de febrero de 2010
El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó una solicitud de paralización de procedimientos y un recurso de Certiorari presentados por Luis A. Guzmán Batista contra El Pueblo de Puerto Rico. El caso, originado en el Tribunal de Apelaciones, aborda asuntos relacionados con el Código Penal y la Ley de Armas. La mayoría del Tribunal decidió declarar no ha lugar tanto a la solicitud de paralización como al recurso de Certiorari. El Juez Presidente Hernández Denton emitió un voto disidente, al cual se unieron las Juezas Asociadas Fiol Matta y Rodríguez Rodríguez. El voto disidente expresó preocupación porque la decisión mayoritaria valida la acción del Estado de mantener a una persona bajo custodia por treinta días sin presentar denuncia alguna.
| El Pueblo de Puerto Rico | |
|---|---|
| Recurrido | Certiorari |
| v. | 2010 TSPR 25 |
| Luis A. Guzmán Batista | 178 DPR |
| Peticionarios |
Número del Caso: CC-2009-1066
Fecha: 25 de febrero de 2010
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Ponce Panel VIII
Panel integrado por su presidente, el Juez Miranda de Hostos y los Jueces Escribano Medina y Bermúdez Torres
Abogado de la parte peticionaria:
Lcdo. Arturo Guzmán Guzmán
Materia: Sobre Art. 106 del Código Penal 2004 y Artículos 5.04 y 5.15 de la Ley de Armas
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