Partes:
Pereira Suárez v. Junta de Directores y otros
Ponente:
Hon. Martínez Torres
Materia:
Ley de Condominios – Art. 42 (c): término prescriptivo para impugnar actos que requieren el consentimiento de los condóminos
Número de Caso:
CC-2008-1014
Año:
2011
Fecha:
30 de junio de 2011
Este caso del Tribunal Supremo de Puerto Rico interpreta el alcance del Art. 42(c) de la Ley de Condominios de 2003. La controversia se centra en un contrato de arrendamiento de la azotea del Condominio Ponciana firmado en 1999 por el Presidente de la Junta con Crown Castle para instalaciones de telecomunicaciones. El acuerdo se realizó sin consultar al Consejo de Titulares, lo que plantea si requería aprobación unánime. La cuestión legal principal es si el término de prescripción de dos años para impugnar actos de la Junta de Directores aplica a acuerdos que pudieron requerir unanimidad. Un titular impugnó el contrato años después de su firma. El Tribunal analizó si su impugnación había prescrito bajo la ley. La opinión concluye que la impugnación del acuerdo suscrito en 1999 había prescrito. Esto determina que el término de dos años limita el tiempo para cuestionar tales actos de la Junta.
| Miguel A. Pereira Suárez | Certiorari | |
|---|---|---|
| Recurrido | ||
| v. | ||
| Junta de Directores del Condominio | 2011 TSPR 102 | |
| Ponciana | 182 DPR | |
| Peticionario | ||
| Crown Castle International | ||
| Corporation de Puerto Rico | ||
| Interventora - Peticionaria |
Número del Caso: CC - 2008 - 1014
Fecha: 30 de junio de 2011
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Ponce Panel XI
Juez Ponente: Hon. Ismael Colón Birriel
Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. Rafael E. Mullet - Sánchez Lcda. Jane Patricia Van Kirk
Abogados de la Pa...
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