Partes:
Lopez Nieves v. Secretario de Hacienda
Ponente:
Hon. Hernández Denton
Materia:
Oficina del Procurador del Ciudadano (Ombudsman) Facultad limitada para comparecer ante los tribunales
Número de Caso:
CC-2007-1137
Año:
2010
Fecha:
27 de abril de 2010
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió si el Procurador del Ciudadano (Ombudsman) y el Procurador de Pequeños Negocios poseen la capacidad jurídica para comparecer por sí ante los tribunales. La cuestión surgió de recursos de mandamus presentados por estos funcionarios contra agencias gubernamentales por alegado incumplimiento con la Ley de Flexibilidad Administrativa y Reglamentaria para los Pequeños Negocios (L.F.A.R.). Las agencias demandadas argumentaron que los procuradores carecían de capacidad para demandar. El Tribunal de Apelaciones había dictaminado que sí tenían dicha facultad. No obstante, el Tribunal Supremo examinó la Ley del Procurador del Ciudadano y la L.F.A.R. y concluyó que estas leyes no confieren expresamente la capacidad de demandar a dichos funcionarios. Por consiguiente, determinó que el Ombudsman y el Procurador de Pequeños Negocios no tienen capacidad jurídica para comparecer en los tribunales por derecho propio. La sentencia del Tribunal de Apelaciones fue revocada. La decisión establece que la representación legal de estos funcionarios en los tribunales no recae en ellos mismos.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
| Hon. Carlos López Nieves, Etc. | |
|---|---|
| Demandantes-Recurridos | Certiorari |
| v. | 2010 TSPR 64 |
| Hon. Juan Carlos Méndez Torres y otros | 178 DPR |
| Demandados-Peticionarios |
Número del Caso: CC-2007-1137 Fecha: 27 de abril de 2010
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de San Juan, Panel V Juez Ponente: Panel integrado por su Presidente, el Juez Arbona Lago, el Juez Salas Soler y la Jueza Velázqu ez Cajigas
Oficina del Procurador General: Lcda. Sarah Y. Rosado Morales Procuradora General Auxiliar Lcda. Vannessa Ramírez Proc...
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