Partes:
Junta de Directores Condominio Portofino v. P.D.C.M. Associates, S.E.
Ponente:
Hon. Hernández Denton
Materia:
Derecho Administrativo – Definición de partes para fines de notificación de recurso de reconsideración o revisión judicial; deber de la agencia de explicar su designación de “partes”
Número de Caso:
CC-2007-0431
Año:
2008
Fecha:
2 de abril de 2008
El Tribunal Supremo de Puerto Rico reiteró y aclaró su norma sobre quiénes son "parte" para fines de la notificación en procedimientos de reconsideración o revisión judicial de determinaciones administrativas. Se basó en la norma establecida previamente en Lugo Rodríguez v. Junta de Planificación. La mera notificación de la determinación final de una agencia no convierte automáticamente a una persona o entidad en "parte" para fines de procedimientos posteriores si no cumplen con otros requisitos. Las agencias administrativas deben explicar brevemente la designación de "parte" cuando no se trate del promovido, promovente o un interventor formal. Las personas notificadas por su proximidad a un proyecto tampoco se convierten automáticamente en "parte" para la notificación de un recurso de revisión judicial. La agencia debe evaluar la naturaleza de su participación para determinar si son meros participantes o participantes activos antes de designarlos como "parte". Esta aclaración surge en el contexto de un caso de revisión administrativa de una determinación de ARPE sobre un proyecto residencial.
| Junta de Directores Condominio Portofino Demandantes-Recurridos v. P.D.C.M. Associates, S.E. Demandados-Peticionarios | Certiorari 2008 TSPR 54 173 DPR |
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Número del Caso: CC-2007-431 Fecha: 2 de abril de 2008 Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de San Juan Juez Ponente: Hon. Dolores Rodríguez de Oronoz
Abogados de la Parte Peticionaria: Lcda. Vionette Benítez Quiñones Lcdo. Ignacio Vidal Cerra Abogados de la Parte Recurrida: Lcdo. Francisco de Jesús Schuck Lcdo. Carlos A. Rodríguez Vidal Lcda. Alicia Lamboy Mombille Materia: Revisión ...
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