Partes:
Pueblo v. Figueroa Agosto; Delgado Colón
Ponente:
Resolución
Materia:
Resolución con Opinión Disidente
Número de Caso:
CC-2007-0218
Año:
2007
Fecha:
17 de mayo de 2007
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso CC-2007-218, que involucra a Moisés Figueroa Agosto y Luis Delgado Colón como peticionarios frente a El Pueblo de Puerto Rico. La materia del caso se relaciona con cargos bajo los Artículos 401 y 412 de Sustancias Controladas. Los peticionarios presentaron una solicitud de certiorari ante el Tribunal. Tras examinar la solicitud, el Tribunal resolvió declararla "no ha lugar". Esta decisión fue adoptada por la mayoría del Tribunal. Sin embargo, la resolución contó con la disidencia del Juez Asociado señor Rebollo López, quien emitió una opinión escrita. El Juez Asociado señor Rivera Pérez también disintió de la decisión de no ha lugar, aunque sin emitir una opinión escrita. La opinión disidente del Juez Rebollo López inicia su argumentación refiriéndose a la garantía constitucional contra registros y allanamientos irrazonables, destacando la importancia de proteger la libertad individual frente a la acción gubernamental.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Número del Caso: CC-2007-218 Fecha: 17 de mayo de 2007 Tribunal de Apelaciones: Región Judicial Arecibo Panel VIII
Juez Ponente: Hon. José Miranda De Hostos
Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. César E. Cerezo Torres Lcdo. José M. De León Pérez
Materia: Art. 401 (3 cargos) y Art. 412 Sustancias Controladas
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