Partes:
Pueblo v. Rosselló González
Ponente:
Resolución del Tribunal
Materia:
Resolución con Voto Particular
Número de Caso:
CC-2007-0091
Año:
2007
Fecha:
20 de febrero de 2007
Pedro Rosselló González recurrió ante el Tribunal Supremo de una decisión que denegó su solicitud de entrega de evidencia antes de una vista de causa probable para arresto bajo la Regla 6(c). Específicamente, solicitaba una declaración jurada de José A. Acevedo Martínez, alegando que constituía prueba exculpatoria que el Ministerio Público estaba obligado a divulgar en esa etapa procesal. El Tribunal Supremo observó que Acevedo Martínez no fue incluido como testigo de cargo, sino que fue una persona entrevistada durante la investigación. Determinó que no existía impedimento legal para que la defensa entrevistara a Acevedo Martínez o lo utilizara como testigo de defensa en la vista. Dado que el peticionario tenía conocimiento de la existencia de la declaración y podía obtener la información directamente, el reclamo de que el Ministerio Público la entregara fue considerado inmeritorio. En consecuencia, el Tribunal denegó la petición de certiorari y la moción en auxilio de jurisdicción. Ordenó la devolución inmediata del caso al Tribunal de Primera Instancia para la continuación de la vista según previamente señalada. Hubo votos particulares disidentes.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Número del Caso: CC-2007-0091 Fecha: 20 de febrero de 2007 Tribunal de Apelaciones: Región Judicial San Juan, Panel III
Juez Ponente: Hon. José A. Morales Rodríguez
Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Harry N. Padilla Martínez Oficina del Procurador General Lcdo. Salvador J. Antonetti Stutts Procurador General
Materia: Arts. 166
(a) y 271 del Código Penal de 1974 y Art. 3.2
(c) de la Ley de Ética Gubernamental
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilació...
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