Partes:
Rivera Figueroa v. The Fuller Brush Co.
Ponente:
Hon. Fiol Matta
Materia:
Derecho Laboral – Momento en que se activa la presunción de despido injustificado bajo la Ley 80 de 1976; suficiencia de la prueba para activar la presunción
Número de Caso:
CC-2006-1010
Año:
2011
Fecha:
23 de febrero de 2011
El Tribunal Supremo de Puerto Rico analizó un caso de despido injustificado bajo la Ley número 80, presentado por un empleado que alegó haber sido víctima de despido constructivo. La controversia central fue determinar el momento en que se activa la presunción de despido injustificado establecida en dicha ley cuando el empleado alega que fue forzado a renunciar. Se debatió si una mera alegación de despido constructivo es suficiente para invertir la carga probatoria, obligando al patrono a demostrar justa causa. El peticionario, Félix A. Rivera Figueroa, sostuvo que cambios en su remuneración y trato hostil lo forzaron a renunciar a su puesto en The Fuller Brush Co. El patrono, por su parte, negó el despido y afirmó que la renuncia fue voluntaria. La opinión emitida por la Jueza Asociada Fiol Matta busca establecer el criterio para la aplicación de la presunción legal en estos casos. La decisión clarifica el umbral probatorio necesario para que la carga de demostrar justa causa recaiga sobre el patrono en reclamaciones de despido constructivo.
| Félix A. Rivera Figueroa Peticionario v. The Fuller Brush Co. o f P.R., Inc.; Compañía de Seguros A, B y C; Querellados desconocidos X y Y Recurridos | Certiorari 2011 TSPR 25 180 DPR |
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Número del Caso: CC - 2006 - 1010
Fecha: 23 de febrero de 2011
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Utuado Panel V
Juez Ponente: Hon. Luis R. Piñero González
Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Héctor L. Banchs Pascualli
Abogado de la Parte Recurrida: Lcdo. Juan M. Frontera Suau
Materia: Despido Injustificado
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