Partes:
Víctor Souffront Cordero,
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Procedimiento Civil-Regla 46: cómputo del término para apelar; deber del tribunal de velar por su jurisdicción.
Número de Caso:
CC-2004-0563
Año:
2005
Fecha:
21 de abril de 2005
El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera una petición de Ace Insurance Company en un caso de daños y perjuicios. Ace solicita la revocación de una determinación del Tribunal de Apelaciones. La base de la petición es que el recurso de apelación presentado por los recurridos ante el foro apelativo se radicó, según Ace, fuera del término legal. Este alegado incumplimiento temporal plantearía una cuestión de falta de jurisdicción del Tribunal de Apelaciones. Ace argumenta que el abogado de la parte recurrida utilizó un sobre incorrecto para acreditar la presentación a tiempo. El Tribunal Supremo considera que la seriedad de este planteamiento procesal amerita su intervención. El caso original surge de una caída sufrida por el señor Souffront en Mayagüez en 2001 sobre un contador de agua. La demanda por daños y perjuicios fue presentada contra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, el Municipio de Mayagüez y sus respectivas aseguradoras, entre otros.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Victor Souffront Cordero, et al. Recurridos v.
Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, et al. Demandados Ace Insurance Company Peticionario
Número del Caso: CC-2004-563 Fecha: 21 de abril de 2005 Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Mayagüez Panel integrado por su Presidente, la Juez López Vilanova, los Jueces Córdova Arone y González Rivera
Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Roberto Abesada-Agüet Abogado de la Parte Recurrida: Lcdo. Segismundo López Montalvo
Materia: Daños y Perjuicios
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