Partes:
Díaz Rivera vs. Secretario de Hacienda
Ponente:
Op. del Tb.: Hon. Rebollo López
Materia:
Contribuciones-Cobro de Contribuciones adeudadas; Ley de Contabilidad del Gobierno; Ley 209 de 1998
Número de Caso:
CC-2004-0435
Año:
2006
Fecha:
18 de mayo de 2006
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió su opinión en el caso CC-2004-435 el 18 de mayo de 2006, relacionado con un asunto de reintegro. Blas D. Díaz Rivera, tras retirarse del servicio público, solicitó la liquidación de sus vacaciones. El Departamento de Hacienda retuvo el pago de $2,400 correspondiente a dicha liquidación. La retención se efectuó para aplicar el monto a una deuda contributiva de Díaz Rivera que databa de 1982. Hacienda justificó su acción en el Artículo 9(j) de la Ley de Contabilidad del Gobierno, que impide desembolsar fondos públicos a quienes adeudan al erario. Díaz Rivera impugnó la retención, argumentando que la deuda contributiva de 1982 estaba prescrita. Hacienda, aunque reconoció la prescripción para cobro ordinario, sostuvo que la ley le permitía acreditar la liquidación a la deuda existente. Hacienda notificó formalmente a Díaz Rivera que el monto retenido había sido acreditado a su deuda contributiva.
Número del Caso: CC-2004-435 Fecha: 18 de mayo de 2006 Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de San Juan-Panel I Juez Ponente:
Hon. Carlos Rivera Martínez Oficina del Procurador General: Lcda. Wanda I. Simons García Procuradora General Auxiliar Lcda. Doraliz E. Ortiz De León Procuradora General Auxiliar Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Carlos E. Díaz Olivo
Materia: Reintegro Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribució...
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