Partes:
MIGUEL SOTO PASTRANA, ET ALS. V. PIO J. RECHANI Y OTROS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CC-2003-0199
Año:
2003
Fecha:
16 de diciembre de 2003
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso Soto Pastrana v. Rechani. La resolución atendió una moción de la parte peticionaria sobre la radicación y notificación del recurso. El Tribunal ordenó a la Secretaría asignar un nuevo número al recurso, considerarlo notificado y tramitarlo por la vía ordinaria. Además, la resolución abordó una práctica preocupante observada en la profesión legal. Se refiere a los abogados que informan a los tribunales sus fechas de vacaciones y solicitan que no se tome acción durante ese período. El Tribunal desaprobó esta práctica, señalando que ignora los términos jurisdiccionales y perjudica el funcionamiento judicial. Se apercibió a la clase togada que deben tomar las medidas necesarias para proteger los intereses de sus clientes al ausentarse. El incumplimiento de esta norma podría acarrear sanciones disciplinarias.
| Miguel Soto Pastrana, et als. | |
|---|---|
| Peticionarios | Certiorari |
| v. | 2003 TSPR 81 |
| Pío J. Rechani y otros | 159 DPR |
| Recurridos |
Número del Caso: CC-2003-199
Fecha: 16 de mayo de 2003
Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional I
Juez Ponente: Hon. Rafael Ortiz Carrión
Abogada de la Parte Peticionaria: Lcda. Genoveva Valentín Soto Abogados de la Parte Recurrida: Lcdo. Joseph Lo Presti Torres Lcda. Alba N. Caballero Fuentes Hon. Roberto Sánchez Ramos Procurador Genral Hon. Anabelle Rodríguez Rodríguez Secretaria de Justicia Materia: Solicitud de M...
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