Partes:
HERMINIO SANCHEZ TORRES, ET ALS. V. HOSPITAL DR. PILA, ET ALS.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CC-2002-0391
Año:
2002
Fecha:
6 de diciembre de 2002
Este documento es una opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso Herminio Sánchez Torres, et als. v. Hospital Dr. Pila, et als. La cuestión legal central es si la notificación verbal en corte abierta de una determinación interlocutoria es suficiente para activar el plazo legal para presentar una moción de reconsideración o un recurso de certiorari. El caso se originó en una demanda por daños y perjuicios por alegada negligencia médica. Durante una vista, el tribunal de instancia denegó verbalmente la solicitud de los demandantes para anunciar nueva prueba pericial. Esta determinación nunca fue notificada por escrito a las partes. Seis días después de la vista, los peticionarios presentaron una moción de reconsideración, la cual fue denegada posteriormente. Los peticionarios entonces presentaron un recurso de certiorari. El Tribunal Supremo debe resolver si la notificación verbal en corte activó los términos procesales para estas acciones subsiguientes.
| Herminio Sánchez Torres, et als. | |
|---|---|
| Peticionarios | Certiorari |
| v. | 2002 TSPR 148 |
| Hospital Dr. Pila, et als. | 158 DPR |
| Recurridos |
Número del Caso: CC-2002-391
Fecha: 6 de diciembre de 2002 Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional V Juez Ponente: Hon. German J. Brau Ramírez Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Héctor M. Collazo Maldonado Abogado de la Parte Recurrida: Lcdo. René W. Franceschini Pascual
Materia: Daños y Perjuicios
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