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Casos/Tribunal Supremo/CC-2002-0185

LOUIS ESTEBAN SANTIAGO V. MARISOL RODRIGUEZ V. CROWLEY MARINE SERVICES, INC.

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

LOUIS ESTEBAN SANTIAGO V. MARISOL RODRIGUEZ V. CROWLEY MARINE SERVICES, INC.

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

CC-2002-0185

Año:

2004

Fecha:

20 de diciembre de 2004

Resumen

Esta opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico del 20 de mayo de 2004 trata un caso derivado del divorcio de Louis Esteban Santiago y Marisol Rodríguez en 1998. Se le concedió a la Sra. Rodríguez una pensión alimentaria mensual debido a su estado de salud. Se emitió una orden de retención de ingresos contra el empleador del Sr. Santiago para cubrir los pagos de alimentos, a ser depositados en A.S.U.M.E. El Sr. Santiago trabajó para varias entidades afiliadas a Crowley Maritime Corporation en Puerto Rico, Florida y posteriormente Venezuela. La orden de retención de ingresos fue dirigida específicamente a Crowley Marine Services (Crowley-Florida), donde el Sr. Santiago trabajaba después del decreto de divorcio. La notificación de esta orden se gestionó a través del departamento de recursos humanos de Crowley-Puerto Rico. Crowley Marine Services, Inc. es la parte peticionaria en esta acción de certiorari ante el Tribunal Supremo. El caso aborda asuntos de divorcio, desacato y alimentos, centrándose en el papel del empleador en la ejecución de la orden de retención. La opinión es emitida por la Jueza Presidenta Señora NAVEIRA MERLY.

Contenido del Caso

Louis Esteban Santiago
Demandante
v.Certiorari
Marisol Rodríguez2004 TSPR 78
Demandada-recurrida161 DPR
v.
Crowley Marine Services, Inc.
Promovida-Peticionaria

Número del Caso: CC-2002-185 Fecha: 20 de mayo de 2004 Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional I Juez Ponente: Hon. Charles A. Cordero Peña

Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Carlos George Abogado de la Parte Recurrida: Lcda. Beatriz Vázquez de Acarón Materia: Divorcio-Desacato, Alimentos

Este documento constituye un documento oficial del Trib...

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